emprendercastellon.es
Inicio › Crear una SL

Crear una sociedad limitada en Castellón

Qué es una SL, cuánto cuesta, qué necesitas y cómo la constituimos por vía telemática, paso a paso.

¿Qué es una SL?

Es una sociedad con personalidad jurídica propia. Las personas socias responden de las deudas sociales solo hasta el capital que aportan, no con su patrimonio personal (salvo situaciones excepcionales, como avales personales o responsabilidad de administradores).

Puede tener un solo socio (SL unipersonal) o varios. La gestiona un órgano de administración: administrador único, varios administradores o un consejo.

Te conviene sobre todo si…

  • Tu actividad tiene riesgo económico y quieres proteger tu patrimonio.
  • Esperas beneficios elevados: el Impuesto sobre Sociedades puede salir más a cuenta que el IRPF.
  • Vas a emprender con socios y quieres reglas claras.
  • Necesitas una imagen sólida ante bancos, clientes o administraciones.

El capital: desde 1 euro

Desde la Ley 18/2022, «Crea y Crece», el capital mínimo de una SL es de 1 euro (art. 4 de la Ley de Sociedades de Capital). Si el capital es inferior a 3.000 euros, hay dos reglas:

Reserva legal reforzada

La sociedad debe destinar al menos el 20 % del beneficio a reserva legal, hasta que la reserva y el capital sumen 3.000 euros.

Responsabilidad en liquidación

Si la sociedad se liquida y no hay patrimonio suficiente, las personas socias responden solidariamente de la diferencia entre lo aportado y 3.000 euros.

Nuestro consejo: un capital muy bajo abarata la constitución, pero puede dar mala imagen ante bancos o proveedores. Lo valoramos contigo según tu proyecto.

Tramitación como PAE

Paso a paso por CIRCE

Como Punto de Atención al Emprendimiento, tramitamos la constitución con el Documento Único Electrónico (DUE). Así se evita ir de ventanilla en ventanilla.

  1. Reunión inicial y presupuesto

    Definimos socios, capital, objeto social, administración y domicilio. Te entregamos el presupuesto por escrito.

  2. Reserva del nombre

    Se solicita al Registro Mercantil Central, con un máximo de cinco alternativas. Por esta vía, la respuesta llega en 6 horas hábiles.

  3. Provisión de fondos para el Registro

    Desde mayo de 2026, el sistema exige una provisión de fondos previa (la «cartera virtual» del Registro Mercantil) para pagar sus aranceles. Una persona socia debe tener certificado electrónico o Cl@ve (te lo tramitamos).

  4. Documento Único Electrónico (DUE)

    Lo cumplimentamos con tus datos y lo firmas antes de enviarlo. CIRCE reserva la cita en la notaría elegida.

  5. Firma en notaría

    Con estatutos tipo, la cita debe darse en un plazo máximo de 12 horas hábiles. No hace falta certificado bancario de las aportaciones dinerarias si los fundadores declaran que responden solidariamente de ellas.

  6. NIF provisional

    Hacienda asigna el NIF provisional a partir de la escritura. Con él ya se puede, por ejemplo, abrir la cuenta de la sociedad.

  7. Inscripción en el Registro Mercantil

    Con estatutos tipo, en 6 horas hábiles. Sin ellos, hay una inscripción inicial en 6 horas y la definitiva en 5 días.

  8. NIF definitivo y altas

    Tras la inscripción, Hacienda confirma el NIF definitivo. El DUE comunica el inicio de actividad a Hacienda y a la Seguridad Social y, si hace falta, a otras administraciones.

Qué necesitas

Documentación y datos

  • DNI o NIE de cada socio y administrador
  • Hasta cinco nombres posibles para la sociedad
  • Actividad (objeto social) y código CNAE
  • Domicilio social
  • Capital y reparto entre socios
  • Tipo de administración y quién la ejerce

Medios electrónicos

  • Certificado electrónico o Cl@ve de al menos una persona socia. ¿No lo tienes? Lo tramitamos en el despacho
  • Saldo en la «cartera virtual» del Registro Mercantil antes de iniciar el trámite
  • Cuenta bancaria para la cuota del administrador como autónomo, si procede

Cuánto cuesta

ConceptoCon estatutos tipo (por CIRCE)Sin estatutos tipo
Notaría60 € si el capital no supera 3.100 €; 150 € si es mayor, más suplidos150 € más suplidos (arancel reducido)
Registro MercantilArancel reducidoSegún arancel registral
Publicación en el BORMEExenta de tasasSegún tarifa
Certificación de denominaciónImporte reducido, según arancel del Registro Mercantil Central
Impuesto (ITP-AJD, operaciones societarias)Exenta; solo se presenta la autoliquidación (modelo 600)
Tramitación del DUE en CIRCEGratuita
Nuestros honorariosAsesoramiento, estatutos, documentación, coordinación con notaría y gestión posterior. Presupuesto cerrado por escrito antes de empezar.
Aranceles según el Real Decreto-ley 13/2010 (art. 5) y la Ley 14/2013 (arts. 15 y 16). Importes orientativos, sin IVA.

¿Estatutos tipo o a medida? Los estatutos tipo son más baratos y rápidos, pero no se pueden adaptar. Si hay varios socios, convienen estatutos personalizados para regular cómo entra y sale un socio, las mayorías o el reparto de beneficios. Te lo explicamos antes de decidir.

Si un día hay desacuerdos entre socios, la mediación permite resolverlos sin llegar a juicio. Se puede prever en los estatutos o en un pacto de socios. Más información en ASMECAS, Asociación de Mediación de Castellón.

Después de constituirla

Impuestos

Impuesto sobre Sociedades

Las empresas de nueva creación tributan al 15 % el primer período con beneficios y el siguiente. Las microempresas (facturación inferior a 1 M€) tienen en 2026 un tipo del 19 % hasta 50.000 € de base y del 21 % sobre el resto.

Seguridad Social

Administrador autónomo

Si administras la sociedad y tienes control efectivo, por ejemplo con al menos el 25 % del capital trabajando en ella, cotizas en el RETA como autónomo societario, con una base mínima propia.

Obligaciones

Día a día

IVA trimestral, retenciones, contabilidad según el Código de Comercio, legalización de libros, cuentas anuales e Impuesto sobre Sociedades. Podemos llevarlo por ti.

Fuentes

  • Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores (arts. 13 a 16): PAE, CIRCE, estatutos tipo y plazos.
  • Real Decreto Legislativo 1/2010, Ley de Sociedades de Capital (art. 4, en la redacción de la Ley 18/2022).
  • Real Decreto-ley 13/2010 (art. 5): aranceles notariales y registrales.
  • Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades (art. 29 y régimen transitorio de la Ley 7/2024); AEAT, campaña de Sociedades.
  • Circular del Colegio de Graduados Sociales de Castellón (07/05/2026): cartera virtual del Registro Mercantil.

Actualizado a 27 de octubre de 2026. Información general; no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto.

¿Creamos tu SL?

Cuéntanos tu proyecto y te enviamos un presupuesto cerrado por escrito.

Borrador interno · los datos con ⚑ están pendientes de verificar antes de publicar.