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Crear una sociedad civil en Castellón

Qué es una sociedad civil, cuándo conviene, cómo tributa y cómo la constituimos paso a paso.

¿Qué es una sociedad civil?

Es un contrato por el que dos o más personas ponen en común dinero, bienes o trabajo para desarrollar una actividad y repartirse los beneficios (artículos 1665 y siguientes del Código Civil).

Es una forma sencilla y económica de emprender entre varias personas: no exige capital mínimo y puede constituirse con un contrato privado. A cambio, los socios responden personalmente de las deudas de la sociedad con su patrimonio.

Suele encajar si…

  • Emprendéis dos o más personas con una inversión pequeña.
  • La actividad tiene poco riesgo económico.
  • Queréis empezar rápido y con pocos costes.
  • Más adelante podéis transformarla en una SL si el negocio crece.

Cómo tributa: depende de la actividad

Con objeto mercantil

Si la sociedad civil realiza una actividad empresarial (comercio, hostelería, servicios…), es contribuyente del Impuesto sobre Sociedades desde 2016 (art. 7.1.a) de la Ley 27/2014). Debe llevar contabilidad según el Código de Comercio.

Sin objeto mercantil

Si se dedica a actividades agrícolas, ganaderas, forestales, mineras, pesqueras o profesionales, tributa en régimen de atribución de rentas: los beneficios se reparten entre los socios y cada uno los declara en su IRPF.

En ambos casos la sociedad civil es la que factura y presenta el IVA. Te ayudamos a elegir bien el epígrafe y el régimen desde el principio, porque condiciona toda la fiscalidad posterior.

Tramitación como PAE

Pasos para crearla

  1. Reunión inicial y presupuesto

    Analizamos la actividad, las aportaciones y el reparto entre socios, y te entregamos el presupuesto por escrito.

  2. Contrato de sociedad civil

    Redactamos el contrato: socios, aportaciones, reparto de beneficios y pérdidas, administración y salida de socios. Si se aportan inmuebles o derechos reales, hace falta escritura pública ante notario.

  3. NIF de la sociedad

    Se solicita a la Agencia Tributaria. Si la sociedad se identifica como sociedad civil, recibe un NIF que empieza por J.

  4. Altas fiscales

    Alta censal de la sociedad (actividad, IVA y, en su caso, Impuesto sobre Sociedades) en Hacienda.

  5. Seguridad Social de los socios

    Los socios que trabajan en la sociedad se dan de alta como autónomos en el RETA.

Como Punto de Atención al Emprendimiento, tramitamos estos pasos por vía telemática a través de CIRCE con el Documento Único Electrónico (DUE).

Qué necesitas

  • DNI o NIE de todos los socios
  • Actividad que vais a desarrollar y dónde
  • Qué aporta cada socio (dinero, bienes o trabajo) y cómo os repartiréis los beneficios
  • Quién administrará la sociedad
  • Cuenta bancaria para la sociedad y para las cuotas de autónomo de los socios

Fuentes

  • Código Civil, artículos 1665 a 1708 (contrato de sociedad).
  • Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades (art. 7.1.a), y criterios de la AEAT sobre sociedades civiles con objeto mercantil.
  • Ley 14/2013 (art. 13): Puntos de Atención al Emprendimiento y CIRCE.

Actualizado a 28 de octubre de 2026. Información general; no sustituye al asesoramiento sobre tu caso concreto.

¿Creamos vuestra sociedad civil?

Contadnos el proyecto y os enviamos un presupuesto cerrado por escrito.

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